domingo, 30 de mayo de 2010

Unidad 4 EFECTOS EN EL DICTAMEN CUANDO SE UTILIZA EL TRABAJO DE OTROS AUDITORES

1. ¿CUÁLES SON LOS PRONUNCIAMIENTOS NORMATIVOS?
Existen circunstancias en las cuales una entidad por razones de tipo legal u otras, publica la totalidad de los estados financieros, incluyendo sus notas relativas o, en otros casos, publica solamente el estado de situación financiera. Si dichos estados financieros han sido auditados por contador público, se entenderá que éste asume responsabilidad sobre dicha publicación cuando antes de llevarse a cabo le es permitido revisar la información y firmar la opinión correspondiente. En estos casos, será necesario que el contador público se asegure que la información que va a ser publicada corresponda a aquella examinada por él.
En su calidad de comisario, el contador público independiente tiene la obligación legal y de acuerdo con las normas de auditoría, de emitir el dictamen que corresponde a su actuación como tal. Por lo que será necesario que se señale el nombre del contador público que lo suscribe.
Es frecuente que cuando se publican estados financieros o cualquier otra información financiera en folletos, reportes, análisis, etc., se incluyen informes de la gerencia, estadísticas e información de diversa índole para ofrecer al lector un conocimiento más completo de la entidad. Aún cuando el auditor no asume responsabilidad por la información adicional que se presenta junto con su dictamen, deberá cerciorarse que dicha información no contradiga la ya dictaminada.

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